JUAN CARLOS BARÍN:
Secuestrado desaparecido entre fines del 76 y principios del 77, de aproximadamente 19 años de edad.

 

Estudiante, supuestamente relacionado con actividades artísticas, no conocemos más datos.
Figura en un listado de personas desaparecidas, realizado por D’Andrea y también en el de la organización Clamor (confeccionado por el Comité de Defensa de los Derechos Humanos para los países del Cono Sur, dependiente del Arzobispado de San Pablo, Brasil).
Ha integrado las listas de compañeros desaparecidos del PST desde el año 1977, ante ello cabe una aclaración:
Ninguno de los sobrevivientes marplatenses, a la fecha, recuerda un compañero con ese nombre y apellido, si bien había apodos y/o resguardos de datos reales, desde que en los años 1972 se crea el PST marplatense en la más absoluta legalidad, hubo un conocimiento de las filiaciones reales por la relación con compañeros de trabajo, facultad o colegio. Lo anterior nos libera del posible error de negar a un desaparecido nuestro.
Hace años que buscamos recuperar la historia de vida de este nombre y apellido, y es también real que, en los primeros tiempos de caída de la dictadura, integrantes de organizaciones de derechos humanos marplatenses para la época de los "Juicios por la Verdad", lo mencionaron con énfasis como militante o simpatizante del PST/JSA, pero ningún ex militante sabía de quién se trataba.
Es muy probable que, en el año 1977 en medio de la persecución a la que éramos sometidos, y producto de las dificultades de comunicación, se haya generado una confusión de nombres, apellidos y datos de secuestros.
Desde la caída de la dictadura al presente podemos afirmar que la tragedia de los desaparecidos del Partido Socialista de los Trabajadores de Mar del Plata, que representa aproximadamente un tercio del total nacional, no tuvo la importancia que merecía, para la dirigencia partidaria del PST y su continuidad histórica el MAS.
Somos los sobrevivientes marplatenses los que escarbamos y rebuscamos en esta historia. Como ejemplo de lo afirmado el compañero Julio César Burgos nunca fue denunciado por su familia y pudimos reconstruir su historia a partir del año 2012 cruzando datos entre nosotros, entrevistando a antiguos amigos y vecinos.
No se conoce denuncia, ni nadie que reclame por Juan Carlos Barín; no figura en padrón municipal ni electoral alguno, para que se pueda dar consistencia a seguir reivindicando su nombre entre los desaparecidos marplatenses del PST ni de ninguna otra organización, puesto que no se puede probar, a la fecha, su existencia como persona/habitante/ciudadano, de acuerdo a los datos provistos por las instituciones pertinentes del Estado Nacional.
Queda abierta la posibilidad que se tratase de otra persona, cuyo nombre y apellido, fue, sin intención, erróneamente confundido, tergiversado o distorsionado.
Por lo tanto, dejará de estar en el listado, y seguirá su nombre en nuestra web, con esta aclaración que explica nuestro cambio de postura.
 

Se transcribe el informe de antecedentes confeccionado por el Registro unificado de víctimas del terrorismo de Estado, donde se aclaran las circunstancias sobre posibles víctimas, pero se carece totalmente de información sobre el tal Barín.
 

Informe
Número: IF-2021-56084079-APN-DNAJNMDDHH#MJ
Referencia: EX-2021-49723245- -APN-ANM#MJ
A la Coordinación de Oficios, Antecedentes e informes:
Tengo el agrado de dirigirme a Usted en mi carácter de Coordinadora del Registro unificado de víctimas del terrorismo de Estado (Resolución ministerial 1261/14) dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, en respuesta al oficio librado en el marco de la causa Exp. N°33005664/2010 caratulada – “Imputado: Máspero, Aldo Carlos Y Otros S/Privación Ilegal Libertad Agravada (Art.142 Inc.1), Imposición De Tortura Agravada (Art.144 Ter.Inc.2) Y Homicidio Agravado P/El Conc. De Dos O Mas Personas” en trámite ante Juzgado Federal Nº 3 de Mar del Plata, mediante el cual, se solicita “informar: a) Si de sus registros surgen nuevas constancias con respecto a las siguientes víctimas, para que en caso afirmativo remita de manera digital a la casilla jfmardelplata3.secddhh@pjn.gov.ar, los legajos DIPBA y toda otra información que pueda obrar referidos:
(1) ZOILO IBÁÑEZ (año 1974): Se desprende de su legajo SDH que Ricardo Zoilo Ibáñez habría sido secuestrado en el transcurso del año 1974 en la ciudad de Mar del Plata. Actualmente permanece en calidad de desaparecido.
(2) LUISA ELENA CAMELLA (14/09/1976): habría sido secuestrada el día 14 de septiembre de 1976 en la ciudad de Mar del Plata, encontrándose en la actualidad en calidad de desaparecida.
(3) JUAN CARLOS BARÍN (01/01/1977): fue detenido el 1 de enero de 1977 en la ciudad de Mar del Plata, por un grupo de personas armadas no identificadas, encontrándose hasta la actualidad en calidad de desaparecido.
(4) ALBERTO GIMÉNEZ (23/11/1977): habría sido secuestrado en la ciudad de Mar del Plata el 23 de diciembre de 1977, momento desde el cual permanecería en calidad de desaparecido.
(5) PILAR GIMÉNEZ AMAYA (04/01/78): habría sido secuestrada en esta ciudad el 4 de enero de 1978. Respecto de quienes no se poseen mayores datos a la fecha. b) De las constancias recabadas en la causa, específicamente de la declaración testimonial brindada por el hijo de las víctimas LUIS ANSELMO CABOT CAGNI Y TERESITA DE JESÚS GAONA TILERIA (esposos que en marzo de 1979 fueron privados de su libertad en la ciudad de Mar del Plata y que a la fecha permanecen en calidad de desaparecidos), surge que se habría realizado una denuncia ante algún organismo de Derechos Humanos. Con tal basamento, se le solicita tenga a bien informar si constan en sus registros denuncia y/o antecedentes en relación.”
Sobre el particular se informa que al momento de la solicitud todos los casos de la referencia, sin legajo o sea sin denuncia formal ante esta Secretaría de Derechos Humanos, se encontraban categorizados en el marco del Programa Ruvte como CASOS SIN DENUNCIA FORMAL (PRESUNCIÓN DE DESAPARICIÓN FORZADA). Esta categoría se encuentra definida en el Anexo II - Listado de casos incluidos en el listado de la Conadep sin denuncia formal ante la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación EN INVESTIGACIÓN- del Informe Ruvte 2015.
En virtud de lo señalado anteriormente, y siendo la fuente principal en todos los casos el listado Clamor (listado confeccionado por el Comité de Defensa de los Derechos Humanos para los países del Cono Sur, dependiente del Arzobispado de San Pablo, Brasil, en base a otros preexistentes como el de Amnesty Internacional, etc.), la SDH no cuenta con otra información que la consignada en aquel listado, por lo que se limita a adjuntar copia de la “ficha” Clamor original, en base a las cuales se transcribió la información consignada por la Conadep.
Asimismo, se adjunta la ficha Ruvte de cada uno con la información que se ha logrado recabar a la fecha, y la interpretación hecha de la misma en el marco del Programa:
-Pilar Giménez Amaya: localizada con vida en 1978 (se desconoce si estuvo detenida)
-Luisa Elena Camella: error de transcripción listado original (Amnesty: Lucía Elena Canella,
presumiblemente. liberada)
-Alberto Giménez: presumiblemente. error de transcripción listado original (APDH: Roberto Antonio Giménez, desaparecido)
-Juan Carlos Barín: sin datos.
Además, se adjuntan las fichas Ruvte y los legajo SDH correspondientes a Luis Anselmo Cabot y Teresita Gaona, así como de Zoilo Ibañez, las únicas personas que tienen denuncia formal en la Secretaría de Derechos Humanos.
Los datos obrantes en la ex DIPPBA, deben ser solicitados a la Comisión Provincial por la Memoria.